jueves, 26 de noviembre de 2015

Lanzamiento Vídeo

A través de este documento audiovisual presentamos algunos aspectos que se generan con los Derechos de Autor en la Web.
Te invitamos a comentar respecto al tema con el fin de reflejar las diferentes perspectivas de la Sociedad Civil. 
Para ver el vídeo da clic en él.




5 comentarios:

  1. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  2. Katherine Chicacausa26 de noviembre de 2015, 9:30

    Este tema sobre derechos de autor en temas digitales , abre una gran discusión frente al contenido que se reproduce en estos medios. En el caso de los músicos y personas artistas que no cuentan con los medios de comunicación para su difusión de contenido, como las casas disqueras o transmisiones en televisión. Estos medios digitales permiten dar un inicio de reconocimiento a la labor de el creador del contenido, aunque la discusión también recurre a las personas que ya por su reconocimiento mundial y nombre, este punto se ve afectado, no es lo mismo cuando un músico inicia publicando las canciones creadas para que su público lo observe, su valor lo refleja netamente en la promoción de su trabajo, lo cual traerá reconocimiento amplio y así permite ser un medio de difusión para crear contacto con personas que les guste su trabajo y quieran quizá contratarlo o iniciar proyectos de producción, al contrario del músico famoso, que tiene que bloquear los vídeos, para evitar que se descarguen o no se le de el valor que ya tiene en el mercado, igual esta posición se ve en los escritores de literatura que ven el entorno digital como un medio de visualización de sus creación literaria, pero autores ya reconocidos, que realizan libros para la venta, el entorno digital se vuelve el problema N° 1, por que a pesar que hay difusión, este entorno hace más fácil la adquisición del material, aunque últimamente el bloqueo de contenidos en la web, quiere evitar estas molestias a los creadores de contenidos. Entonces, hay que estar en las dos posiciones de como se ve este entorno como una oportunidad de compartir y hacerse conocer, y la otra el medio digital vulnerador de derechos de autor.

    ResponderEliminar
  3. Este tema es de gran inportancia en la era de la sociedad de la informacion y la comunicacion en red, por que abre un espacio de en la web 2.0 para interactuar con multiples usuarios que a diario comparten contenidos, y en agunos casos sin verificar de donde procede la información y quien es el responsable de lo que alli se dice o se publica; hay centenares de sitios que plagian información de otras paginas y las muestran como creaciones suyas, o publicaciones de material impreso que se digitaliza sin autorización del autor. Considero que en el ambito digital, hay un desconocimiento de herramientas tecnolológicas que se puedan emplear para hacer seguimiento a un material inedito, u obras que circulan en la web sin ser autorizados. Un ejemplo de ello fue el caso de de Google docs que publico miles de obras impresas, con el fin de poner a disposición de toda la humanidad, el conocimiento registrado en libros impresos, de difícil acceso. Para este proyecto fue difícil mantener la garantía de los derechos de autor y el debido reconocimiento por copia parcial o total de contenidos.

    En esta discusión no se pretende negar la publicación de obras musicales, o negar el acceso a la información, sino plantear mecanismos que permitan hacer un reconocimiento de la autoría de la obra. Por ejemplo en el caso de las bases de datos libres que permiten copiar información de un documento pero incorpora la citación. Otro ejemplo pueden ser las imágenes fotográficas que no permiten ser copiadas sin cita previa o reconocimiento económico por su adquisición.

    ResponderEliminar
  4. Hola me parecen que los conceptos son claros y precisos,La tecnología digital e Internet han producido un cambio estructural de consecuencias extraordinarias en la propiedad intelectual, en el cual la infraestructura es una parte tan importante de la solución, como la ley. En este contexto el sistema de la gestión colectiva resulta anticuado, en la medida que representa un mundo de territorios separados, multijurisdiccional, incompatible con Internet y la convergencia de expresión que permite la tecnología digital. Debemos promover el desarrollo de una infraestructura mundial que permita una concesión de licencias en forma simple y global, tan fácil como la obtención de las mismas en forma ilegal. la discusión sigue abierta.....

    Para ello los modelos de negocio deben evolucionar y adaptarse al nuevo contexto de distribución mundial, de costos marginales insignificantes y altamente competitivos. El formato debe ser coherente y global, para hacer más sencillo y uniforme el derecho de autor, si queremos legitimar este modo de promoción de la creatividad.

    ResponderEliminar
  5. Hola me parecen que los conceptos son claros y precisos,La tecnología digital e Internet han producido un cambio estructural de consecuencias extraordinarias en la propiedad intelectual, en el cual la infraestructura es una parte tan importante de la solución, como la ley. En este contexto el sistema de la gestión colectiva resulta anticuado, en la medida que representa un mundo de territorios separados, multijurisdiccional, incompatible con Internet y la convergencia de expresión que permite la tecnología digital. Debemos promover el desarrollo de una infraestructura mundial que permita una concesión de licencias en forma simple y global, tan fácil como la obtención de las mismas en forma ilegal. la discusión sigue abierta.....

    ResponderEliminar